MODALIDADES DE PRÁCTICA

PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS TÉCNICOS LABORALES
Para cumplir con el requisito de práctica, la institución tiene definidas las siguientes modalidades:

Es una forma especial dentro del derecho laboral, que de ninguna forma constituye contrato de trabajo, mediante la cual una persona natural (estudiante – aprendiz), recibe formación de una entidad educativa autorizada, con el patrocinio de una empresa. (Persona natural o jurídica)

Esta relación se da mediante un apoyo de sostenimiento mensual y su vinculación en las actividades de la empresa en la etapa productiva para el desarrollo de actividades relacionadas con la formación del estudiante.

Durante la vigencia de contrato de aprendizaje el estudiante recibe un apoyo mensual entre el 75% y el 100% del salario mínimo, de acuerdo a la normatividad vigente, además es afiliado por el empresario a la EPS y a la ARL.

Está modalidad no aplica para el programa técnico laboral como Auxiliar en Enfermería.

Es un convenio de cooperación establecido entre la empresa y Multitécnico, dicha modalidad aplica para aquellos estudiantes que, en calidad de practicantes, ponen sus conocimientos a disposición de la empresa, la entidad cooperadora no tiene obligación de generar un apoyo de sostenimiento mensual al practicante. Aplica para estudiantes que ya han realizado contratos de aprendizaje anteriormente o que se encuentran laborando.

Los estudiantes de los programas técnicos laborales podrán homologar su práctica empresarial presentando la carta laboral de la empresa donde laboren, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Desempeñarse en una empresa mediante vínculo laboral o contractual en actividades relacionadas con su programa de formación.
  • Presentar ante la Coordinación Académica la carta laboral, con una vigencia no inferior a un mes.

El convenio docencia servicio es un vínculo funcional que se establece entre instituciones educativas y otras organizaciones con el fin de formar talento humano en salud.

Esta modalidad aplica para los estudiantes de los programas técnico laboral como Auxiliar Administrativo en Salud, Auxiliar en Servicios Farmacéuticos y Auxiliar en Enfermería.

Bajo esta modalidad la entidad cooperadora no tiene obligación de generar un apoyo de sostenimiento mensual al practicante.